miércoles, 29 de abril de 2015 a las 09:26 AM

Legislación ambiental y turística y organismos responsables

 

Ministerio de Turismo

Creado en 2013 por Decreto 38, consta de dos subsecretarías, una con la Dirección de Parques y Reservas y la Dirección de Recursos Naturales; y otra de Promoción Turística e Inversiones.

Reglamentación de la actividad turística en la Provincia, Ley N° 6309/14.

Definición y determinación de los requisitos necesarios para ser guías turísticos, Ley N° 6321/14.

Se fortalece el perfil histórico y turístico de Concepción mediante la creación del complejo ecoturístico “Yaguareté Cora” Ley N° 5993/10, el homenaje a P. Ríos “El Tamborcito de Tacuarí” Ley 5988/10 y por Ley 6108/12 se le reestablece el nombre de Concepción del Yaguareté Cora al municipio homónimo. 

 

Dirección de Parques y Reservas

La Dirección de Parques y Reservas es la Autoridad de Aplicación en materia de áreas naturales protegidas y monumentos naturales de la Provincia de Corrientes.

Creación de la Reserva Natural del Iberá  Ley No 3.771/83 siendo modificada posteriormente por la Ley No 4.736/93. A su vez esta legislación fue modificada por Decreto Ley No 18/00 y reglamentada por los Decretos No 1440/09 que establece los límites de la Reserva y el Parque Iberá.

Creación del Parque Provincial Iberá y el Sistema de Áreas Protegidas de la Provincia de Corrientes  Ley N° 4.736, el Decreto Ley N° 18/00 y Decretos Reglamentarios N° 1440/09 que lo delimita y el 1966/09 que establece los requisitos para los Estudios de Impacto Ambiental para proyectos que se realicen en la Reserva Natural Iberá.

Crea la Carrera de Guardaparque Universitario en el marco de la Universidad Nacional del Nordeste, mediante Ley N° 6173/12 y día del Guardaparque Correntino, por Ley 6269/14.

Declaración de Monumentos Naturales de la provincia de Corrientes de las siguientes especies: Ciervo de los Pantanos, Venado de las Pampas, Aguara Guazú y Lobito de Río me- diante Decreto Ley 1555/92.

Declaración de Monumento Natural del Oso Hormiguero Grande a través de la Ley 6330/14.

En zona de áreas naturales protegidas se encuentra prohibida la pesca extractiva, estando permitida la pesca deportiva con devolución, regulada mediante por Disposición No 09/10 y las sanciones ante infracciones incumplimiento, mediante Disposición No 02/11, ambas de Dirección de Parques y Reservas.

Asimismo, reservas y parques provinciales se encuentran estrictamente prohibida la caza de cualquier especie, estando reguladas sus sanciones mediante Disposición No 05/11 de Dirección de Parques y Reservas.

Creación de la Reserva Natural Isla Apipé Grande, Ley No 4788/84.

Creación de la Reserva Rincón de Santa María, Ley No 4789/84. 

 

Dirección de Recursos Naturales

Se crea el Centro “Aguará” de Recuperación y Cría de la Fauna Silvestre, por Ley N° 5887.

Legislación aplicable en materia de Caza y Pesca en la provincia de Corrientes:

Ley Nacional No 22.421 de Conservación de la Fauna, a la que Corrientes adhirió. Y Ley Provincial No 1.863/54 de Caza Y Conservación de la Fauna Silvestre y su Decreto Reglamentario No 2.249/55.

En materia específica de pesca, el Decreto No 660/75 prohíbe la pesca del Dorado (Salminus sp) con fines comerciales y/o industriales y el No 1.030/92 que regula la pesca comercial en todo el territorio de la provincia de Corrientes. La reglamentación de la pesca deportiva y aspectos varios como épocas de veda de ciertas especies ícticas, están regulados por el Decreto No 1304/78.

Habilitación de la caza del Chancho Salvaje (Sus scrofa) por tiempo indeterminado, en todo el territorio de la Provincia de Corrientes, Disposición N° 867/10 y modificada parcial- mente por Disposición No 69/11. 

 

Instituto Correntino del Agua y el Ambiente (ICAA)

EI Instituto Correntino del Agua y el Ambiente (ICAA) es un ente autárquico en la órbita del Poder Ejecutivo de la Provincia de Corrientes, con competencia para actuar en el campo del Derecho Público y Privado, ejerciendo como Autoridad de Aplicación en diferentes materias, las que se detallan a continuación:

El Decreto ley No 212/01 otorga al ICAA facultades para actuar en las siguientes materias:

Ambiental: aplicación de la Ley Provincial No 5.067 y normativa reglamentaria (Decreto 2858/12, Decreto Ley 212/01, Ley 5517/03), referente a Estudios de Impacto Ambiental, así como también la aplicación de toda la legislación ambiental prevista por la Ley General del Ambiente No 25.675. También se ocupa del cumplimiento del acceso a la Información ambiental, Ley N° 5533/03 y la obligatoriedad de realizar audiencias públicas, Decreto 876/05. Suelos, Leyes No 4361 y No 4134. a recursos hídricos, Decreto ley 191/01  Código de Aguas de la Provincia de Corrientes, Uso de Aguas Públicas, Concesión de Aguas Públicas y Acuífero Guaraní Ley No 5461. relativas a la determinación y demarcación de la Línea de Ribera en los ríos Paraná, Uruguay y cuerpos de agua de la provincia de Corrientes, la definición a partir de dicha línea de ribera de las líneas demarcatorias de las zonas de riesgo hídrico, y las condiciones de usos de los bienes inmuebles en dichas zonas conforme el artículo 2611 del Código Civil. la tierra, eliminar el minifundio y optimizar las actividades productivas. facultades inherentes de regulación en materia minera en la Provincia de Corrientes, previstas por la Ley Provincial No 3805/83.

Resolución No 075/05 I.C.A.A. – Recuerda a los titulares de inmuebles rurales la obligatoriedad de solicitar autorización al ICAA para la construcción de obras hidráulicas tanto de almacenamiento de aguas públicas en represas, como la construcción de canales en sistemas hídricos, según lo dispuesto en el Código de Aguas y en la Ley No 5067. Disposiciones para contravenciones.

Resolución No 114/09 I.C.A.A. – Establece que todos los proyectos públicos y privados que se pretendan realizar en el ámbito de la Reserva Provincial del Ibera deberán contar con la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Disposiciones. 

 

Ministerio de la Producción y Trabajo, Dirección de Recursos Forestales

Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos. Ley N° 5974/10.

Prevención, control y manejo del fuego. Ley N° 5590/04 y su decreto reglamentario 316/06. 

  

Legislación Nacional de aplicación en todo el territorio argentino

Leyes de presupuestos mínimos ambientales más utilizadas en el área de la Reserva:

Ley 25.675 – General del ambiente (nov. 2002)
Ley 25.688 – Gestión ambiental de aguas (ene. 2003)
Ley 25.831 – Libre acceso a la información pública ambiental (ene. 2004)
Ley 26.331 – Protección ambiental de los bosques nativos (nov. 2007)
Ley 26.562 – Control de actividades de quema (dic. 2009) 

Ésta publicación no admite comentarios

No hay archivos adjuntos